“La Procuraduría General de la Defensa del Trabajo en Baja California Sur (PGDTBCS), dará seguimiento al cumplimiento puntual del pago de los aguinaldos a los trabajadores conforme a lo establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que señala que antes del 20 de diciembre de cada año, los patrones deben cumplir con esta obligación”, declaró Martha Yadira Girón Cadena, titular de la dependencia estatal.
La funcionaria agregó que la LFT establece que el aguinaldo será equivalente a quince días de salario por lo menos y precisó que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de pago del aguinaldo, tendrán derecho a que se les retribuya la parte proporcional del mismo, de conformidad con el tiempo que hayan trabajado.
En este sentido, dio a conocer que la PGDTBCS, estará brindando asesoría jurídica gratuita a todos las personas que vean vulnerado este derecho constitucional, o bien que solo requieran orientación especializada sobre el particular, para lo que podrán acudir a sus instalaciones en Cabrillas y Constituyentes, interior 302. Fraccionamiento Fidepaz, en La Paz; en un horario de las 8:00 a las 15:00 horas.
La Procuradora, puntualizó que algunos patrones otorgan a sus trabajadores un aguinaldo superior a los 15 días que establece la LFT y en algunos casos lo entregan en dos pagos, es decir, el primer pago se efectúa en diciembre y otro en enero, lo que le permite al trabajador hacer frente a los gastos de inicios de año; así mismo algunos patrones anticipan el aguinaldo en el transcurso del año, situación permitida por la LFT.
La funcionaria, informó que como lo ha señalado Gustavo Hernández Vela Kakogui, Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la política en materia de procuración e impartición de justicia laboral del Gobierno del Estado, establece que se deben hacer valer en todo momento los derechos de los trabajadores, como en este caso, procurar el pago en tiempo y forma de sus aguinaldos para garantizarles a ellos y sus familias el disfrute pleno de la temporada navideña.
La institución exhortó a los patrones a cumplir en tiempo y forma con esta obligación.
La funcionaria agregó que la LFT establece que el aguinaldo será equivalente a quince días de salario por lo menos y precisó que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de pago del aguinaldo, tendrán derecho a que se les retribuya la parte proporcional del mismo, de conformidad con el tiempo que hayan trabajado.
En este sentido, dio a conocer que la PGDTBCS, estará brindando asesoría jurídica gratuita a todos las personas que vean vulnerado este derecho constitucional, o bien que solo requieran orientación especializada sobre el particular, para lo que podrán acudir a sus instalaciones en Cabrillas y Constituyentes, interior 302. Fraccionamiento Fidepaz, en La Paz; en un horario de las 8:00 a las 15:00 horas.
La Procuradora, puntualizó que algunos patrones otorgan a sus trabajadores un aguinaldo superior a los 15 días que establece la LFT y en algunos casos lo entregan en dos pagos, es decir, el primer pago se efectúa en diciembre y otro en enero, lo que le permite al trabajador hacer frente a los gastos de inicios de año; así mismo algunos patrones anticipan el aguinaldo en el transcurso del año, situación permitida por la LFT.
La funcionaria, informó que como lo ha señalado Gustavo Hernández Vela Kakogui, Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la política en materia de procuración e impartición de justicia laboral del Gobierno del Estado, establece que se deben hacer valer en todo momento los derechos de los trabajadores, como en este caso, procurar el pago en tiempo y forma de sus aguinaldos para garantizarles a ellos y sus familias el disfrute pleno de la temporada navideña.
La institución exhortó a los patrones a cumplir en tiempo y forma con esta obligación.